Conflicto de Intereses. La Licencia que Revela la Incompatibilidad de Cargos.

Anularon una sesión del Concejo Deliberante y se repetirá el 21 de abril con la asunción de Sabrina Gulino

A raíz del estado público tomado por la incompatibilidad en las funciones de miembro directivo de una cooperativa prestadora del municipio y su concejalía, Fernando Franzoni presentó una licencia por dos días.

Según el artículo 6° de la Ley Orgánica de Municipalidades, la incompatibilidad no está dada únicamente por el tratamiento de la concesión , aprobada ayer, en la prestación del servicio de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos (CRE) al municipio, sino en ejercer ambos cargos simultáneamente.

Ayer asumió su banca Carina Stoppini en lugar del concejal, quien hasta hace muy poco argumentaba poder desempeñar ambos roles.

Un caso similar ocurrió en noviembre de 2022, cuando el concejal quirogense de la UCR, Néstor Zabaleta, se encontraba en una situación de incompatibilidad por ser miembro de la Cooperativa de Facundo Quiroga. Para resolver esta situación, Zabaleta pidió licencia sin goce de haberes en la cooperativa, lo cual destrabó su incompatibilidad y le permitió continuar con su cargo de concejal sin conflictos.

Conflicto de Intereses. La Licencia que Revela la Incompatibilidad de Cargos

¿Camús tenía razón en la discusión dentro de la comisión hace unos días? Aparentemente, sí.

Sin embargo, el pedido de licencia de Franzoni parece más un gesto simbólico, ya que según el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, no debería seguir ejerciendo ambos cargos simultáneamente.

Inhabilidades

ARTÍCULO 6° de la Ley Orgánica de Municipalidades: No se admitirán como miembros de la Municipalidad:

  1. Los que no tengan capacidad para ser electores.
  2. Los que directa o indirectamente estén interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte, quedando comprendidos los miembros de las sociedades civiles y comerciales, directores, administradores, gerentes, factores o habilitados. No se encuentran comprendidos en esta disposición, los que revisten en la simple calidad de asociados de Sociedades Cooperativas y Mutualistas.
  3. Los fiadores o garantes de personas que tengan contraídas obligaciones con la Municipalidad.
  4. Los inhabilitados para el desempeño de cargos públicos.
  5. Las personas declaradas responsables por el Tribunal de Cuentas mientras no den cumplimiento a sus resoluciones.

La licencia de Franzoni ha generado un debate sobre el cumplimiento de las normativas vigentes, planteando un interrogante. ¿Cómo se resolverá esta incompatibilidad?

Te puede interesar

Centro de Monitoreo Bajo la Lupa.

buffet

Germán Marini sobre el Caso Franzoni: “La Irresponsabilidad del Intendente Anterior es Muy Grande”

buffet

ÉTICA: ¿A ambos lados del mostrador?. Por Corina Delettieres.

buffet
Cargando....